22. Conjuntamente con la DUA se requiere los siguientes documentos:
a. Copia o fotocopia del documento de transporte (conocimiento de embarque, carta porte aérea o carta porte terrestre, según el medio de transporte empleado), con sello y firma del personal autorizado de la empresa de transporte o su representante o del agente de carga, según corresponda.
(Modificado por R.S.N.A.A. N° 335-2009/SUNAT/A)
b. Copia SUNAT de la factura, documento del operador (código 34) o documento del partícipe (código 35) o Boleta de Venta u otro comprobante que implique transferencia de bienes a un cliente domiciliado en el extranjero y que se encuentre señalado en el Reglamento de Comprobantes de Pago, según corresponda; o declaración jurada de valor y descripción de la mercancía cuando no exista venta..
(Modificado por R.S.N.A.A. N° 335-2009/SUNAT/A)
c. Documento que acredite el mandato a favor del despachador: copia o fotocopia del documento de transporte debidamente endosado o el poder especial.
d. Otros que por la naturaleza de la mercancía se requiera para su exportación
23. Adicionalmente se requiere cuando corresponda lo siguiente:
a. Copia de la nota de crédito o de débito SUNAT.
b. Declaración Jurada del exportador de las comisiones en el exterior, de no estar consignada en la factura.
c. Relación consolidada de productores y copias de las facturas SUNAT emitidas, por cada uno de los productores que generaron dicha exportación.
d. Copia de la factura SUNAT que emite el comisionista que efectúa la exportación a través de intermediarios comerciales.
e. Relación consolidada del porcentaje de participación (contratos de colaboración empresarial).
f. Copia del contrato de colaboración empresarial.
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